Comercio Internacional Preguntas y respuestas

¿Qué son los Incoterms?

Los Incoterms son reglas internacionales uniformes cuyo objeto es precisar con exactitud, en la transacción internacional, las responsabilidades recíprocas (obligaciones y riesgos) del vendedor y el comprador sobre el objeto del contrato comercial (la mercadería) evitando la diversidad de interpretaciones que pueden darse en diferentes países a los términos empleados en el contrato de compraventa.

Qué son las Incoterms?

Las Incoterms, son las reglas internacionales de comercio, estandarizadas y uniformes. Su objetivo es enmarcar las responsabilidades del comprador y del vendedor en las operaciones de compra-venta internacional, en cuanto a responsabilidades, obligaciones y riesgos sobre el objeto de ese contrato, que es la mercancía. Así, se acotan las posibles interpretaciones de las Incoterms, por parte de las legislaciones de los países que las han adoptado.

Próxima pregunta: ¿Qué es la Posición Arancelaria?

¿Qué es la clasificación arancelaria?

Las mercaderías deben identificarse al pasar por las aduanas, a fin de definir su situación arancelaria y que arancel le corresponde (general o preferencial), establecer correctamente los impuestos aplicables y vigilar el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias que se aplican en la aduana (permisos previos, certificaciones técnicas o sanitarias, etc.). Son ocho dígitos que identifican el producto. La Posición Arancelaria permite tener un mismo identificador común en todo el mundo, “a manera de nombre internacional” sin importar las diferencias idiomáticas. El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías hace posible que una misma mercadería se codifique en forma idéntica, tanto en las tarifas de importación como de exportación de todos los países. Para ello, se utiliza los primeros seis dígitos de clasificación.

¿Qué es el arancel?

Es un derecho aduanero que se aplica tanto a las importaciones como a las exportaciones de productos. Para el caso de las importaciones, la teoría indica que sirven para proteger la industria nacional y, para el caso de las exportaciones, para regular los precios del mercado interno. Lo cierto es que desde el punto de vista de la recaudación fiscal, tanto uno como el otro, son importantísimos. El arancel puede asumir las siguientes formas: DERECHO AD VALOREM es la aplicación de un porcentaje sobre el valor de la mercadería. DERECHO ESPECIFICO es un importe fijo que se aplica sobre la unidad de medida declarada de la mercadería. DERECHO ADICIONAL, para el caso de importaciones con Dumping o exportaciones con Subsidios.

¿Qué es la Devolución del IVA a las Exportaciones?

Cuando exportamos, nuestras facturas “E” deben tener la leyenda: “IVA exento, operación de exportación”, esto, porque no podemos facturar el IVA a nuestro cliente del exterior. En virtud de ello, los créditos fiscales que por el Impuesto al Valor Agregado se generen en el proceso productivo por compras y servicios relacionados con el bien a exportar, pueden ser imputados contra los débitos fiscales del mercado interno. Podremos entonces tramitar la devolución o incluso la compensación contra otros impuestos de los saldos técnicos a favor técnicos que tengan origen en esas operaciones. Una vez presentada la solicitud de reintegro, la DGI fiscalizará que los pagos de esas operaciones se hayan efectuado debidamente y verificará el cumplimiento de los distintos regímenes de retención, incluso la validez de los comprobantes.

¿Qué son los reintegros a la exportación?

Es un régimen de promoción de exportaciones por el cual se restituyen en forma total o parcial los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos interiores, en todas las etapas de producción y comercialización de las mercaderías manufacturadas en el país, nuevas y sin uso. El pago de los reintegros lo efectiviza la Dirección General de Aduanas, previa presentación de la documentación que acredite el embarque de la mercadería.

¿Cuales son los instrumentos de pago internacional?

Algunos de los instrumentos, son:

1) CHEQUE EN DIVISA

Este instrumento, presenta mayor riesgo y solo es conveniente utilizarlo entre empresas subsidiarias. Generalmente este instrumento se utiliza para pagos y cobros derivadas de las importaciones / exportaciones por ejemplo, pagos de fletes, seguros, comisiones de representantes y cancelaciones no relacionadas con las importaciones y exportaciones.

2) TRANSFERENCIA U ORDEN DE PAGO

Entiéndase la transferencia de fondos que un ordenante o tomador efectúa a favor de un beneficiario destinatario generalmente por intermedio de un Banco.

3) COBRANZA

Es la operación comercial mediante la cual un REMITENTE, generalmente un BANCO, actuando por cuenta, orden y riesgo de un cliente, LIBRADO (generalmente el exportador); y por regla general, por intermedio de otro BANCO denominado “cobrador o presentador”, tramita valores ante un deudor, GIRADO (generalmente el importador), sin mas compromiso ni responsabilidad que el de ejecutar las instrucciones de su MANDANTE. La utilización de este medio de pago excluye de todo compromiso o responsabilidad legal de los Bancos intervinientes, en lo que se refiere al pago o aceptación

4) CARTA DE CRÉDITO

Una carta de crédito es un documento emitido por el banco que autoriza al exportador o vendedor obtener el pago en un plazo específico una vez que el exportador ha cumplido con los términos y condiciones descritos en la carta de crédito. La carta de crédito actúa como un contrato de seguro tanto para el comprador como para el vendedor y elimina prácticamente el riesgo del crédito para ambas partes, y al mismo tiempo, reduce el riego de retrasos en los pagos. Una carta de crédito proporciona al exportador o vendedor el mayor grado de seguridad cuando se extiende el crédito, esto es muy útil cuando no se conoce al importador o comprador o cuando existe una restricción de intercambio.
¿Qué datos debe contener una FACTURA PROFORMA y como se confecciona?

Generalmente se utilizan hojas con membrete para confeccionarla. No debe cumplir con ningún tipo de formalidad establecida por la AFIP. La descripción debe ser lo más detallada posible. Incluye valor de la operación, moneda, incoterm, lugar y forma de pago, plazo de entrega, etc. Un ejemplo de confección puede ser el siguiente:

  • Nombre, dirección y teléfono del Exportador.
  • Factura Pro Forma N°, Datos del Importador.
  • Fecha y lugar de emisión.
  • Cantidad y descripción de la mercadería.
  • Precio unitario.
  • Precio total
  • Condiciones de entrega, plazo y forma de pago, incluyendo el Incoterm.
  • Plazo de validez.
  • Firma del exportador.

¿Qué datos debe contener la FACTURA COMERCIAL?

Contiene los nombres del Exportador e Importador, con sus respectivas direcciones y datos.
En la Factura Comercial figuran los detalles técnicos de la mercadería, fecha y lugar de emisión, la unidad de medida, cantidad de unidades que se están facturando, los precios unitarios y totales de venta, moneda de venta, condición de venta(ver Incoterms), forma y plazos de pagos, pesos brutos y netos, marcas, número de bultos que contiene la mercadería y medio de transporte y se encuentra firmada al pie por alguna persona responsable de la empresa o del sector de Comercio Exterior.
Para el tipo de Factura de exportación, la AFIP exige que la letra de identificación en las Facturas sea la letra “E”, para poder acceder al cobro de los reintegros.

¿Qué es un Conocimiento de embarque y que datos contiene?

Es el documento más importante de la carga, es decir que concede la titularidad de la mercadería al poseedor del mismo. Por lo general, este es emitido por la compañía de transporte, y en él figuran los siguientes datos:

  • Exportador.
  • Consignatario.
  • Importador.
  • Lugar y fecha de emisión.
  • Detalle de la carga: peso, cantidad, volumen, bultos, descripción.
  • Flete, si es pagado o pagadero en destino y monto.
  • Marcas y números.
  • Formalidades para el despacho de la mercadería.
  • Documentos anexos (copias de factura, certificados, etc.)

De acuerdo a los requerimientos bancarios y de lo oportunamente acordado entre el exportador y el importador, los documentos originales de la mercadería pueden viajar con el medio de transporte o ser enviados por separado.

¿Qué es un CERTIFICADO DE ORIGEN?

Este documento certifica el origen de las mercaderías del país de exportación, para ser presentado por el importador, ya que existen acuerdos de preferencia arancelaria entre los países. Cada país beneficiario determina el organismo autorizado para emitirlo, por ejemplo en nuestro país lo emite la Cámara Argentina de Comercio y la Cámara de Exportadores de la República Argentina. Se emite en Original y 2 copias y no puede tener enmiendas ni raspaduras. Su plazo de validez es de 180 días desde que es emitido y no puede tener fecha anterior a la de la emisión de la factura comercial que ampara el embarque.

¿Qué es una LISTA DE EMPAQUE y que datos debe contener?

Su finalidad es informar el contenido, peso bruto y neto de la mercadería a ser exportada, de acuerdo a como se encuentra embalada. La emite el exportador en hoja membrete de la empresa, y los principales datos que figuran en ella son:

  • Datos del exportador.
  • Datos del importador.
  • Marcas y números de los bultos.
  • Lugar y fecha de emisión.
  • Modo de embarque.
  • Cantidad de unidades.
  • Cantidad de bultos y descripción de la mercadería.
  • Total de los pesos brutos y netos.
  • Tipo de embalaje.
  • Firma y sello del exportador.

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